Comments on: Galo Andrade: ¿victimario o victima? http://www.mrandersonmd.com/2006/12/01/galo-andrade-%c2%bfvictimario-o-victima/ computacion+pdas+medicina Sun, 20 Jul 2008 07:55:38 +0000 http://wordpress.org/?v=2.2.3 By: MrAnderson http://www.mrandersonmd.com/2006/12/01/galo-andrade-%c2%bfvictimario-o-victima/#comment-15239 MrAnderson Thu, 27 Mar 2008 15:51:26 +0000 http://www.mrandersonmd.com/2006/12/01/galo-andrade-%c2%bfvictimario-o-victima/#comment-15239 <strong>Luis Fernando:</strong> Para nosotros como SAMU eso nunca quedo muy claro, aunque imagino que para los jueces quedo clarisimo, debido a la sentencia que promulgaron. Sin embargo a mi me preocupa mas la jurisprudencia que esto determina, pues implica que hubo dolo, es decir intencion de dañar a la paciente ya sea por accion u omision... algo muy raro en nuestra profesion, y que sienta precedentes. No digo que como medicos andemos por la vida pensando en dañar a las personas, sino por el contrario; pero esto incita a los familiares a pensar mal y buscar dañar al medico en busca de una compensacion economica que a fin de cuentas los dañara a ellos mismos y a nosotros como profesionales, mas aun a quienes trabajamos en situaciones de riesgo como son las emergencias y urgencias, pues estamos mas expuestos aun. Saludos. Luis Fernando: Para nosotros como SAMU eso nunca quedo muy claro, aunque imagino que para los jueces quedo clarisimo, debido a la sentencia que promulgaron. Sin embargo a mi me preocupa mas la jurisprudencia que esto determina, pues implica que hubo dolo, es decir intencion de dañar a la paciente ya sea por accion u omision… algo muy raro en nuestra profesion, y que sienta precedentes.

No digo que como medicos andemos por la vida pensando en dañar a las personas, sino por el contrario; pero esto incita a los familiares a pensar mal y buscar dañar al medico en busca de una compensacion economica que a fin de cuentas los dañara a ellos mismos y a nosotros como profesionales, mas aun a quienes trabajamos en situaciones de riesgo como son las emergencias y urgencias, pues estamos mas expuestos aun. Saludos.

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By: Luis Fernando http://www.mrandersonmd.com/2006/12/01/galo-andrade-%c2%bfvictimario-o-victima/#comment-15217 Luis Fernando Thu, 27 Mar 2008 03:37:40 +0000 http://www.mrandersonmd.com/2006/12/01/galo-andrade-%c2%bfvictimario-o-victima/#comment-15217 Igualmente que tu, participe en este desafortunado hecho... Fui uno de los médicos que recibio en el hospital a Jessica Ossorio, si bien no segui de cerca el juicio y lo que supe fue por la prensa, creo que hay varias cosas que no salieron a la luz. La primera, cuanta lidocaina se le administro realmente y si fue diluida o no y en cuanto (en las soluciones de infiltracion para liposuccion se utiliza varias ampollas de lidocaina), segundo que tiempo paso desde la infiltracion hasta el momento del paro. La paciente tenia los pinchazos y la incision superficial sin llegar a celular subcutaneo. No quiero justificar lo realizado sin los medios ni la capacitacion adecuada, pero si me gustaria saber lo que realmente paso. ¿Sobredosis o reaccion anafilactica? Igualmente que tu, participe en este desafortunado hecho… Fui uno de los médicos que recibio en el hospital a Jessica Ossorio, si bien no segui de cerca el juicio y lo que supe fue por la prensa, creo que hay varias cosas que no salieron a la luz.

La primera, cuanta lidocaina se le administro realmente y si fue diluida o no y en cuanto (en las soluciones de infiltracion para liposuccion se utiliza varias ampollas de lidocaina), segundo que tiempo paso desde la infiltracion hasta el momento del paro. La paciente tenia los pinchazos y la incision superficial sin llegar a celular subcutaneo.

No quiero justificar lo realizado sin los medios ni la capacitacion adecuada, pero si me gustaria saber lo que realmente paso. ¿Sobredosis o reaccion anafilactica?

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By: MrAnderson http://www.mrandersonmd.com/2006/12/01/galo-andrade-%c2%bfvictimario-o-victima/#comment-4695 MrAnderson Sun, 27 May 2007 04:11:37 +0000 http://www.mrandersonmd.com/2006/12/01/galo-andrade-%c2%bfvictimario-o-victima/#comment-4695 <strong>Benjamin:</strong> No es lata para nada... de hecho me permitio entender algo mas un tema que no domino en mi condicion de medico, y del cual es necesario tener ciertas luces si uno quiere ser un profesional responsable. Nuevamente gracias por el comentario. Saludos. Benjamin: No es lata para nada… de hecho me permitio entender algo mas un tema que no domino en mi condicion de medico, y del cual es necesario tener ciertas luces si uno quiere ser un profesional responsable.

Nuevamente gracias por el comentario. Saludos.

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By: Benjamin http://www.mrandersonmd.com/2006/12/01/galo-andrade-%c2%bfvictimario-o-victima/#comment-4690 Benjamin Sun, 27 May 2007 03:20:51 +0000 http://www.mrandersonmd.com/2006/12/01/galo-andrade-%c2%bfvictimario-o-victima/#comment-4690 Acabo de descubrir el blog y mientras bajaba una copia del disco de mi Tungsten E2 (desde luego agradezco el aporte), leí la opinión precendente y aunque algo tarde quisiera hacer un breve comentario: Efectivamente hay buenos y malos abogados, como existen malos y buenos médicos. La definición de dolo que aparece en el texto, es propia del derecho civil. En materia penal el dolo implica la concurrencia de dos elementos, el cognoscitivo (conocer) y el volitivo (querer). La mayoría de los tipos penales requiere la existencia de dolo, en cualquiera de sus formas, y un delito puede cometerse por acción o por omisión. En materia penal el dolo reconoce tres posibilidades: <ol><li>Dolo directo, conocer y querer el tipo de que se trata. Quiero matar a alguien, compro un arma y le pongo un par de balazos. Homicidio con dolo directo.</li> <li>Dolo de consecuencias necesarias. Quiero matar a un tipo que está en un avión, mediante la colocación de una bomba. Respecto de los otros pasajeros cometo homicidio con dolo de consecuencias necesarias.</li> <li>Dolo eventual. No quiero matar pero extremo el peligro para el bien jurídico a tal grado que mi actuar se asimila al dolo. Se puede sintetizar con las expresiones "contando con" o "decidiéndose por". Un caso clásico es el de los conductores de microbuses que transportan pasajeros con las puertas del móvil abiertas y a exceso de velocidad, puede que no tenga la intención de herir o matar a ninguno de los pasajeros en particular, pero su negligencia es tan grosera que sobrepasa el límite de la culpa, pues no puede esperarse otra cosa que no sea un accidente.</li></ol> En el caso específico de que se trata estamos precisamente ante un caso de homicidio cometido por dolo eventual, puesto que "...desconocer la dosis máxima de lidocaína a administrar a un paciente, no disponer de los medios necesarios para un procedimiento quirúrgico no menor, no disponer de la experiencia necesaria para realizar dicho procedimiento en forma segura..." implica un actuar particularmente peligroso para el bien jurídico (vida). El autor tenía el conocimiento médico exigible a un profesional del área, por tanto sabía (conocer) que no podía esperarse otro resultado que el que se dio efectivamente (contó con o se decidió por, elemento volitivo), aún cuando no fuera su intención matar a esa persona en particular. En la determinación de la pena se enlazan otros elemento que no se relacionan con el dolo, se trata de la existencia de atenuantes y agravantes. La pena es baja por que Andrade no tenía condenas criminales anteriores, lo que configura la atenuante de la irreprochable conducta anterior. La determinación de la pena está regulada en el Código Penal, por lo que no es una cuestión de imponer penas a la pinta del Tribunal (actúa dentro de un marco que la ley establece). Además, las medidas alternativas a la pena privativa de libertad constituyen un derecho que establece la ley y que cumpliéndose los requisitos debiera aplicarse. Eso sería, perdón por latear. Acabo de descubrir el blog y mientras bajaba una copia del disco de mi Tungsten E2 (desde luego agradezco el aporte), leí la opinión precendente y aunque algo tarde quisiera hacer un breve comentario:

Efectivamente hay buenos y malos abogados, como existen malos y buenos médicos.

La definición de dolo que aparece en el texto, es propia del derecho civil. En materia penal el dolo implica la concurrencia de dos elementos, el cognoscitivo (conocer) y el volitivo (querer).

La mayoría de los tipos penales requiere la existencia de dolo, en cualquiera de sus formas, y un delito puede cometerse por acción o por omisión.

En materia penal el dolo reconoce tres posibilidades:

  1. Dolo directo, conocer y querer el tipo de que se trata. Quiero matar a alguien, compro un arma y le pongo un par de balazos. Homicidio con dolo directo.
  2. Dolo de consecuencias necesarias. Quiero matar a un tipo que está en un avión, mediante la colocación de una bomba. Respecto de los otros pasajeros cometo homicidio con dolo de consecuencias necesarias.
  3. Dolo eventual. No quiero matar pero extremo el peligro para el bien jurídico a tal grado que mi actuar se asimila al dolo. Se puede sintetizar con las expresiones “contando con” o “decidiéndose por”. Un caso clásico es el de los conductores de microbuses que transportan pasajeros con las puertas del móvil abiertas y a exceso de velocidad, puede que no tenga la intención de herir o matar a ninguno de los pasajeros en particular, pero su negligencia es tan grosera que sobrepasa el límite de la culpa, pues no puede esperarse otra cosa que no sea un accidente.

En el caso específico de que se trata estamos precisamente ante un caso de homicidio cometido por dolo eventual, puesto que “…desconocer la dosis máxima de lidocaína a administrar a un paciente, no disponer de los medios necesarios para un procedimiento quirúrgico no menor, no disponer de la experiencia necesaria para realizar dicho procedimiento en forma segura…” implica un actuar particularmente peligroso para el bien jurídico (vida). El autor tenía el conocimiento médico exigible a un profesional del área, por tanto sabía (conocer) que no podía esperarse otro resultado que el que se dio efectivamente (contó con o se decidió por, elemento volitivo), aún cuando no fuera su intención matar a esa persona en particular.

En la determinación de la pena se enlazan otros elemento que no se relacionan con el dolo, se trata de la existencia de atenuantes y agravantes. La pena es baja por que Andrade no tenía condenas criminales anteriores, lo que configura la atenuante de la irreprochable conducta anterior. La determinación de la pena está regulada en el Código Penal, por lo que no es una cuestión de imponer penas a la pinta del Tribunal (actúa dentro de un marco que la ley establece). Además, las medidas alternativas a la pena privativa de libertad constituyen un derecho que establece la ley y que cumpliéndose los requisitos debiera aplicarse.

Eso sería, perdón por latear.

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